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I. ANTECEDENTES
La ley 14 del 23 de enero del 2009 crea la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia como la institución de protección y promoción de los derechos de la niñez y adolescencia, y que debe garantizar la realización efectiva de estos derechos en la República de Panamá.
La SENNIAF es la responsable de coordinar, articular, ejecutar y dar seguimiento al cumplimiento de las políticas de protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
La institución desarrolla funciones relacionadas a cuatro grandes áreas: i) Dirección Nacional de Adopciones, ii) Dirección de Protección Especial de Derechos (garantizar acciones encaminadas a preservar y restablecer los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad de sus derechos, a través de investigaciones sociales, psicológicas, legales, asesorías y acompañamientos, para su incorporación a programas que fortalezcan y restablezcan el ejercicio de los derechos fundamentales consagrados en las leyes del estado y la Convención sobre los Derechos del Niño.), iii) Dirección de Promoción de Derechos (contribuir a cimentar una cultura nacional de respeto, salvaguarda y tolerancia hacia la población infantil, a través de estrategias encaminadas a generar entre la población en general el entendimiento, conocimiento, aplicación, ejercicio y cumplimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes señalados por la Convención sobre los Derechos del Niño, restitución del derecho y convivencia familiar, protección contra abuso y violencia, prevención y erradicación del trabajo infantil, familia acogente), iv) Dirección Nacional de Fortalecimiento Familiar y Comunitario (brindar orientación para mejorar la dinámica familiar de forma más personalizada en atenciones con un técnico (puede ser psicólogo o trabajador social). Involucra desde orientación tipo consejería en cuanto a la problemática de la familia para mejorar las relaciones y fortalecer vínculos, hasta articulaciones sociales donde se le orienta a la persona a qué servicios gubernamentales/ONG/sector privado asistir (salud, educación, sociales (subsidios), legales, etc.) y se le brindan notas para poder facilitar el trámite, así como acompañamiento para validar cumplimiento.
La SENNIAF cuenta con varios programas entre ellos los más importantes son los siguientes:
• Programa de Promoción de Derechos de la Niñez.
• Programa de Supervisión y Monitoreo de Instituciones de Protección.
• Programa de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil.
• Programa de Protección del Derecho a la Convivencia Familiar.
• Programa de Medidas reeducativas.
• Programa de Fortalecimiento familiar.
• Programa de Prevención y Atención a Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Violencia Sexual.
• Programa de Familia Acogente.
II. CONTEXTO
En Panamá, a septiembre 2020, 1,104 niños, niñas y adolescentes se encontraban internos en 51 centros de cuidado institucional (Albergues) distribuidos en todo el territorio nacional. Estas entidades son reguladas mediante el Decreto Ejecutivo No. 26 del 2009, recientemente reformado por el Decreto Ejecutivo No. 404 del 30 de octubre de 2020, en el que se establecen las normas para la apertura y funcionamiento de los albergues para niños, niñas y adolescentes (NNA).
La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF) es la entidad encargada de autorizar, negar o cancelar el permiso de funcionamiento a los albergues y de su supervisión al ser la autoridad administrativa de protección especial de los NNA. Cincuenta de los cincuenta y un albergues son administrados por ONG, las cuales la mayoría reciben un porcentaje de ingresos en forma de subsidios del Estado otorgado por el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), la adjudicación de este subsidio no se encuentra reglamentada. El Estado de Panamá no cuenta con oferta regular de medidas de cuidado alternativo de tipo familiar. Por tanto el 100% de las ubicaciones iniciales, se realizan en medio institucional o en lugares no aptos para la ubicación de niños, niñas y adolescentes.
Los niños, niñas y adolescentes ingresan a estas instituciones de cuidado, por orden judicial emitida por un Juez de Niñez y Adolescencia en casos que requieren una medida de protección en horarios hábiles y en orden de protección emitida por el Fiscal del Ministerio Público o abogado de SENNIAF en horarios inhábiles. La recepción y ubicación inicial del niño o niña como procedimiento se encuentra estructurado en la ley y en las rutas de protección, pero carece de alineación en la cotidianidad. Por tanto, el actual esquema de protección de NNA sin cuidado parental opera a través de responsabilidades compartidas entre varias instituciones administrativas y judiciales, pertenecientes a dos Órganos del Estado, sin que estén debidamente articuladas dentro de un sistema de protección integral.
Entre agosto 2019 y noviembre 2020, la SENNIAF y MIDES realizaron investigaciones sobre las condiciones de operación y gestión de algunos albergues bajo su supervisión y monitoreo, danto lugar al cierre de ocho instituciones de cuidado residencial, la suspensión de subsidios otorgados a estas entidades de parte del MIDES y la presentación de denuncias penales por maltrato infantil.
De igual forma, una Sub Comisión designada por la Comisión de Mujer, Niñez, Adolescencia y Familia de la Asamblea Nacional realizó una investigación de campo durante el año 2020, constatando “evidencias concretas de abusos, violencia y maltratos físicos a niños, niñas y
adolescentes albergados, sobre todo cuando tienen alguna condición de discapacidad intelectual”, según informe presentado en febrero 2021.
Estas denuncias de violencia contra niños, niñas y adolescentes ocurridas en los albergues (que incluyeron violencia física, psicológica, sexual, así como omisiones de cuidado), han generado manifestaciones de la ciudadanía, la reacción mediante comunicados y declaraciones de organizaciones de la sociedad civil, academia, defensores de derechos humanos y el pronunciamiento de organismos como UNICEF y otros miembros del Sistema de Naciones Unidas.
III. JUSTIFICACIÓN
El debate público generado por el papel desempeñado por las instituciones de protección de NNA, ha puesto en el escenario la urgente necesidad de discutir temas de fondo como es la de contar en nuestro país con un Sistema Integral de Protección de los Derechos de NNA.
La institucionalidad de la SENNIAF se ha visto seriamente debilitada durante la última década y la situación actual es, en definitiva, una consecuencia de la insuficiente articulación de los esfuerzos orientados a resultados, que agravó la situación a lo largo del tiempo.
Para posicionar nuevamente a esta institución, dentro del sector, se hace necesario un análisis estratégico que permita identificar con precisión los desafíos en su funcionamiento, sus fortalezas, las amenazas que se ciernen sobre esta y las oportunidades sobre las cuales puede apalancarse para salir delante de la situación de crisis.
Por otra parte, las Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños adoptadas en el 2009 por la Asamblea General de Naciones Unidas, surgen a partir de la necesidad de continuar avanzando en la implementación de la Convención Sobre los Derechos del Niño (CDN), centrado particularmente en el derecho a vivir en familia. Alrededor del mundo se ha avanzado hacia modelos de cuidados alternativos basados en familias, superando los esquemas institucionales que no permiten que los niños y niñas se desarrollen dentro de un entorno familiar. Panamá como signatario de la Convención y por ende de la Directrices, ha dado pasos hacia la construcción de una ruta que permite la transición de la permanencia de los niños y niñas en instituciones hacia medidas que, por una parte, prevengan que los niños y niñas sean separados de sus familias, y por la otra, en caso de que sea requerido, logren su retorno a ellas en el menor tiempo posible o su integración a familias sustitutas garantizando su protección y bienestar.
No obstante, ante las graves vulneraciones de derechos de NNA revelados por las investigaciones administrativas y penales en curso a lo interno de los albergues administrados por ONG y supervisados por el SENNIAF, se hace necesario realizar un análisis de los procesos de protección especial con los que cuenta el SENNIAF en la materia, así como de aquellos servicios de atención que brindan las instituciones de cuidado alternativo residencial para poder
avanzar en la ruta hacia la reconversión institucional y fundamentalmente el desarrollo de nuevas modalidades de cuidado alternativo basados en familias y su transición a través del proceso de desinstitucionalización progresiva.
La revisión de procesos de protección especial tendrá un enfoque propositivo, con miras a precisar información para avanzar en la toma de decisiones sobre las medidas urgentes que se requieren realizar y para generar recomendaciones concretas de mejoras a implementar.
IV. OBJETIVO
Revisar, verificar y analizar los procesos de protección especial desarrollados por la Secretaría Nacional de Niñez, adolescencia y Familia (SENNIAF, a través de sus cuatro direcciones y ocho programas y los servicios de atención que brindan las instituciones de cuidado alternativo residencial a niños, niñas y/o adolescentes sin cuidado parental, con miras a emitir recomendaciones de mejora para su implementación y del proceso de restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes en este contexto.
Esta revisión técnica tiene el propósito de recolectar información actualizada de los procesos de atención y restablecimiento que permita identificar las brechas existentes en la prestación de servicios básicos de protección en instituciones de cuidado residencial, así como sus oportunidades, para la toma de decisiones basada en evidencias, conforme a estándares de calidad y en línea con la normativa internacional.
De igual forma, contribuirá al fortalecimiento de los mecanismos de supervisión y monitoreo de la SENNIAF en línea con estándares internacionales, al otorgamiento de subsidios con criterios técnicos y enfoque de resultados y a dar sustento a la transición de las modalidades de cuidado alternativo residencial hacia aquellas que garanticen el derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir en familia.
V. ALCANCE
La revisión técnica abarcará un examen de todos los procesos de protección vinculados a las medidas de cuidado alternativo residencial, así como otras modalidades que hayan sido implementadas por SENNIAF y que se encuentren vigentes.
Se realizará una investigación técnica, en terreno, que incluirá los procesos de protección de SENNIAF realizados a través de sus cuatro direcciones y también los servicios de todas las instituciones de cuidado residencial (albergues), la cual incluirá lo siguiente:
• Mapeo e identificación de los procesos de atención y protección que implementa SENNIAF, así como de las principales oportunidades de mejora en cada una de las áreas, a través de sus cuatro (4) Direcciones:
• Dirección Nacional de Adopciones.
• Dirección de Protección Especial de Derechos.
• Dirección de Promoción de Derechos.
• Dirección Nacional de Fortalecimiento Familiar y Comunitario
• Revisión técnica de los ocho (8) programas que desarrolla SENNIAF en su gestión, con recomendaciones para mejorar su implementación:
• Programa de Promoción de Derechos de la Niñez.
• Programa de Supervisión y Monitoreo de Instituciones de Protección.
• Programa de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil.
• Programa de Protección del Derecho a la Convivencia Familiar.
• Programa de Medidas reeducativas.
• Programa de Fortalecimiento familiar.
• Programa de Prevención y Atención a Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Violencia Sexual.
• Programa de Familia Acogente.
• Descripción de la cartera de servicios de cada dirección y programa.
• Verificación de la existencia de protocolos para la atención y su utilización en cada una de las direcciones y programas.
• Verificación del flujo de procesos implementados en la práctica desde medida de ubicación inicial y su ubicación residencial, incluyendo el período desde la llegada del niño o niña a la institución hasta su egreso, según el tipo de caso.
• Revisión de la existencia de registros o expedientes, su calidad, manejo, así como un análisis comparativo de los registros de la población total de NNA en la institución, con la base de datos del SENNIAF. Recomendación sobre el sistema de indicadores que debe recoger el registro de expedientes que permitan establecer la trazabilidad y evolución de los niños y niñas en el sistema de protección.
• Revisión y documentación de las atenciones e intervenciones que los niños, niñas y adolescentes reciben dentro de la institución y su correspondencia a los estándares de calidad establecidos en los Convenios internacionales.
• Revisión y documentación de las atenciones especializadas ante situaciones de mayor vulnerabilidad: Atenciones a NNA con discapacidad, afectados por traumas complejos o con problemas de salud mental, entre otros.
• Revisión y documentación de las actividades que garanticen la integración entre pares, comunitaria y social, a través del ejercicio de su derecho a la educación, al juego y esparcimiento, atención médica y de salud preventiva, al contacto con la comunidad y el medio ambiente.
• Revisión y documentación de acciones o procesos de contacto familiar y construcción de redes de apoyo que posibiliten su reintegro familiar (a familias de origen, extensa o por adopción).
• Revisión y documentación de los mecanismos de administración y manejo de los subsidios públicos recibidos, así como de la rentabilidad del gasto. Balance costo/cupo.
• Esta revisión abarcará los instrumentos de rendición de cuentas de las entidades implementadoras; así como los lineamientos, estrategias y mediciones del uso de los subsidios otorgados a estas instituciones comparativamente con respecto del total de subsidios, de los impuestos recabados, del gasto de funcionamiento, entre otros parámetros.
• Revisión y documentación del mecanismo y procesos de supervisión y monitoreo de las condiciones de infraestructura de las instituciones de cuidado alternativo, su gestión y funcionamiento, así como la existencia e implementación de indicadores para medir la calidad de los servicios.
• Recomendaciones sobre indicadores que permitan monitorear regularmente el funcionamiento de los albergues, recomendaciones sobre el mecanismo de supervisión, la generación de un sistema de alertas tempranas y sobre instrumentos (plataforma/ portal) para el monitoreo “en tiempo real”.
VI. METODOLOGÍA
Revisión técnica, que incluirá una revisión documental, investigación de campo, entrevistas con actores institucionales claves, análisis y elaboración de informes con recomendaciones, mapeo de albergues, diseño de un sistema de monitoreo para dar seguimiento al funcionamiento de los albergues y costeo estándar de servicios, a través de la contratación de un equipo interdisciplinario de al menos 4 personas supervisado por UNICEF compuesto por especialistas en todas o algunas de las siguientes especialidades: psicología, trabajo social, sociología/antropología, leyes, protección integral de derechos de la niñez, administración y auditoría financiera o economía, monitoreo y evaluación. Puede requerirse asistencia puntal sobre nutrición y salud.
VII. RESPONSABILIDADES
El equipo consultor realizará una auditoría técnica, tendrá las siguientes tareas y responsabilidades:
• Análisis el funcionamiento de las direcciones y programas sustantivos del SENNIAF.
• Identificar para cada una de las direcciones y programas los procesos de protección de SENNIAF y sus rutas de implementación, sus mecanismos de supervisión y sus instrumentos de monitoreo.
• Revisar investigaciones previas, documentación relevante e instrumentos desarrollados para la gestión de las instituciones de cuidado residencial, así como de la normativa nacional e internacional vigente (desk review).
• • Realizar una investigación en campo en todas las instituciones de cuidado alternativo residencial (albergues) que se encuentran operando en la República de Panamá, a través de observación o inspección directa, revisión de documentación relacionada con la gestión y administración de la institución y de los subsidios públicos recibidos, entrevistas semiestructuradas y/o grupos focales al personal directivo y
operativo; así como a niños, niñas y adolescentes internos y/o egresados y sus familias apegándose a la normativa ética de trabajo con NNA y procurando siempre preservar su bienestar, seguridad y confidencialidad.
• Elaborar el informe de resultados de la revisión técnica realizada con recomendaciones concretas para su implementación.
• Diseñar un sistema para monitorear “en tiempo real”, el funcionamiento y la calidad de los servicios ofrecidos en todos los albergues a través de tableros (“dashboards”).
• Realizar un costeo estándar para garantizar una atención adecuada en los servicios de cuidado alternativo (albergues y familias de acogida) por costo cupo.
VIII. PRODUCTOS ESPERADOS
1. Informe técnico que sistematice información relevante sobre la implementación de los procesos de protección especial de NNA con medidas de cuidado alternativo, que contenga:
• Propuesta de estandarización de procesos de protección, con miras a cerrar brechas en cuanto a calidad de atención y a homologar procedimientos para la transición hacia la reconversión de servicios; así como a identificar los vacíos en el registro y manejo de casos de la población de NNA en cuidado alternativo.
• Mecanismos para una supervisión y monitoreo efectivo, orientado a resultados y con indicadores de calidad sugeridos, con recomendaciones para el monitoreo de SENNIAF de la situación de niños en las instituciones de cuidado residencial (albergues).
• Recomendaciones concretas para implementación conforme a los resultados de la revisión técnica.
2. Sistema de monitoreo de indicadores estándar y de trazabilidad. Incluye mapa georreferenciado de instituciones de cuidado alternativo residencial para el seguimiento interno de SENNIAF, con un sistema de monitoreo que pueda ser actualizado en tiempo real y que incluya:
• Una clasificación y codificación unívoca de las instituciones de cuidado alternativo residencial en base a su nivel de cumplimiento con los estándares internacionales de calidad en su atención, capacidad y especialización. Para ello se deben diseñar indicadores, sistemas para medir dichos indicadores de manera regular y tableros de resultados (“dashboards”).
• La trazabilidad del recorrido del NNA dentro de la institución, ver su ubicación inicial, traslado, permanencia y avances en el proceso administrativo y judicial para declaratoria de adopción.
3. Costeo estándar para garantizar una atención adecuada en los servicios de cuidado alternativo en todas sus modalidades, el cual incluya:
• Tabla de costos por niño considerando su edad, tiempos de acogida, discapacidad/salud y necesidades básicas según tipo de modalidad institucional y familiar.
• Evaluación comparativa de su rentabilidad y del balance entre el costo/cupo por tipo modalidad institucional y familiar.
• Costo de la transición de servicios institucionalizados a servicios de cuidado alternativo e identificación de partidas de inversión urgente y de sostenibilidad financiera posterior.
IX. PERFIL DEL EQUIPO CONSULTOR
Perfil del Consultor Principal/Coordinador:
• Profesional con al menos maestría en psicología, trabajo social, sociología/antropología, ingeniería, políticas públicas, ciencias sociales, economía u otras carreras afines.
• Profesional con mínimo diez (10) años de experiencia profesional de trabajo en formulación, diseño, ejecución y monitoreo de proyectos, con enfoque en derechos de la niñez y adolescencia y/o derechos humanos.
• Profesional con previa experiencia relevante en revisiones o auditorías técnicas de procesos y servicios sociales.
• Profesional con experiencia comprobada en diseño y métodos de investigación cualitativa y cuantitativa. Habilidad en la redacción de documentos y análisis de información cualitativita y cuantitativa.
• Habilidad en formulación de proyectos y seguimiento del proceso.
• Habilidad de comunicación escrita y oral.
• Habilidad para trabajar y gestionar a múltiples equipos de trabajo.
• Se aprecia como una ventaja la experiencia previa en la elaboración de revisiones similares a nivel internacional o nacional.
Perfil del Consultor Experto en Protección de Derechos Niñez y Adolescencia:
• Profesional con al menos maestría en psicología, trabajo social, sociología/antropología, leyes, políticas públicas, ciencias sociales u otras carreras afines.
• Profesional con mínimo diez (10) años de experiencia profesional de trabajo en protección de derechos de niñez y adolescencia. Se considerará una ventaja la experiencia en modalidades de cuidado alternativo residencial y familiar.
• Profesional con mínimo tres (3) años de experiencia profesional de trabajo en formulación, diseño, ejecución y monitoreo de proyectos.
• Profesional con previa experiencia en revisiones o auditorías técnicas de procesos y servicios sociales.
• Profesional con experiencia comprobada en diseño y métodos de investigación cualitativa y cuantitativa. Habilidad en la redacción de documentos y análisis de información cualitativita y cuantitativa.
• Habilidad de análisis de documentos, comunicación escrita y oral.
• Se aprecia como una ventaja la experiencia previa en la elaboración de revisiones similares a nivel internacional o nacional.
Perfil del Consultor Experto en Auditoría Financiera:
• Profesional con al menos maestría en finanzas, administración, economía u otras carreras afines.
• Profesional con mínimo diez (10) años de experiencia profesional de trabajo en auditorías financieras o económica con enfoque de derechos humanos. Será considerado una ventaja si tiene experiencia previa en auditoría financiera en políticas o programas sociales dirigidos a la niñez y adolescencia.
• Profesional con experiencia comprobada en diseño y métodos de investigación cualitativa y cuantitativa. Habilidad en la redacción de documentos y análisis de información cualitativita y cuantitativa.
• Habilidad de análisis de documentos, comunicación escrita y oral.
• Se aprecia como una ventaja la experiencia previa en la elaboración de revisiones similares a nivel internacional o nacional.
Perfil del Consultor Experto en Monitoreo y Evaluación:
• Profesional con al menos maestría en sociología, psicología, economía, estadísticas, ingeniería u otras carreras afines.
• Profesional con mínimo diez (10) años de experiencia profesional de trabajo relevante en el diseño de sistemas de monitoreo y evaluación de políticas sociales con enfoque de derechos humanos. Será considerado una ventaja si tiene experiencia previa en monitoreo y evaluación de políticas o programas sociales dirigidos a la niñez y adolescencia.
• Profesional con experiencia comprobada (3 años) en diseño y métodos de investigación cualitativa y cuantitativa. Habilidad en la redacción de documentos y análisis de información cualitativita y cuantitativa.
• Habilidad de análisis de documentos, comunicación escrita y oral.
• Se aprecia como una ventaja la experiencia previa en la elaboración de auditorías similares a nivel internacional o nacional.
X. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROPUESTAS
Los criterios de selección están basados en un porcentaje total de 100%, sobre la base de:
• Propuesta técnica (metodología y plan de trabajo) (50%)
• Perfil del equipo consultor (hoja de vida) (30%).
• Propuesta económica (20%).
UNICEF está financiado en su totalidad por las contribuciones voluntarias de individuos, empresas, fundaciones y gobiernos. Por lo tanto, UNICEF está buscando una persona o institución comprometida con los derechos de la infancia, dispuesta a aportar pro-bono parte de su trabajo. Una eventual aportación pro-bono por parte de la persona o institución, si bien no es una condición obligatoria de la presente convocatoria, se tendrá en cuenta positivamente a la hora de evaluar las propuestas recibidas.
XI. MODALIDAD DE TRABAJO
El contrato se cumplirá de forma presencial en el territorio de la República de Panamá, con visitas a terreno a nivel nacional, reuniones presenciales mensuales de reporte de avances en MIDES, SENNIAF y UNICEF de forma bilateral y/o en mesas de trabajo intersectorial y de forma remota cuando corresponda. Se espera la ejecución del contrato en un total de seis (6) meses.
La consultoría será realizada en idioma español, por lo que el equipo consultor deberá entregar los productos redactados en español, así como todos los instrumentos de recolección de información y comunicaciones entre el equipo consultor, la supervisión y contrapartes nacionales será realizada en español.
XIII. CONDICIONES DE PAGO Y PENALIDADES POR MAL DESEMPEÑO
• Sujeto a condiciones establecidas en el contrato. En el caso excepcional que la persona aplicante no tenga presencia física en Panamá, su propuesta económica deberá incluir los gastos de traslado hacia Panamá como sus gastos de estadía, alimentación, transporte y relacionados. El equipo consultor proponente esté basado en Panamá o no deberán contemplar en su propuesta económica los gastos de viajes internos en la República de Panamá, a nivel nacional, con motivo de la ejecución de la propuesta, puesto que se esperan la realización de viajes al interior del país.
• Pago contra entrega de producto y a entera satisfacción del supervisor de UNICEF. Para recibir el pago será necesario la entrega de factura de acuerdo con la normativa vigente de Panamá o del país donde se emita el documento.
• Los pagos se acreditarán en la cuenta del consultor y/o contratista aproximadamente 15 días después de entregada la factura a UNICEF.
El pago de honorarios al consultor y/o contratista de acuerdo con este contrato, incluidas las cuotas o pagos periódicos (si los hubiera), está sujeto al desempeño cabal y completo de sus funciones en virtud del presente contrato para tal pago a entera satisfacción de UNICEF.
XIV. NOTA
• Es requisito necesario para viajar que el consultor y/o contratista haga los cursos de seguridad (BSAFE ) en el siguiente link:
• https://trip.dss.un.org/dssweb/UNDSSRegistration/tabid/104/Default.aspx?returnurl=%2fdssweb%2f
• Previo a viajar, el consultor y/ o contratista debe informar los datos de pasaje y alojamiento a UNICEF para que se haga su Security Clearance.
• En el caso donde el viaje requiera trasladarse en avión, es requisito que el consultor y/o contratista vuele en aviones pertenecientes a las aerolíneas aprobadas por UNICEF.
XV. APLICACIONES
El oferente de ser una institución con personería jurídica o de ser una persona natural con su equipo de consultores, deben presentar una propuesta que contenga los aspectos técnicos y económicos como se indica en el punto X de estos términos de referencia (CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROPUESTASPROPUESTAS). Cada propuesta debe ir en documentos separados (UN PDF CON LA PROPUESTA TÉCNICA – PLAN DE TRABAJO, METOLODIGÍA Y HOJAS DE VIDA DE LOS CONSULTORES Y OTRO PDF SEPARADO CON LA PROPUESTA ECONÓMICA). De no presentarlo de esta manera su aplicación será inválida.
Para ambas aplicaciones, ya sea de personería jurídica o de persona natural con su equipo de consultores, es obligatorio la presentación de hojas de vida de cada consultor, se evaluará en base a las hojas de vida, no en base a la empresa de ser el caso.
Las instituciones/empresas interesadas deben enviar sus propuestas a la dirección de correo electrónico: consultantpanama@unicef.org a que su aplicación sea válida, con referencia al nombre de consultoría a la cual está aplicando, antes de la fecha de cierre de aplicación.
El oferente de ser una persona natural deberá aplicar por medio del link: https://secure.dc7.pageuppeople.com/apply/671/gateway/Default.aspx?c=apply&sJobIDs=539193&SourceTypeID=805&sLanguage=en-us , para que su aplicación sea válida.
Para más información, consultar la página web:
http://www.unicef.org/panama/spanish/jobs.html
XVI. FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE APLICACIONES PARA EMPRESAS:
APLICAR ANTES DEL: JUEVES, 15 DE ABRIL DE 2021, 23:59, HORA LOCAL, CIUDAD DE PANAMÁ.